Miércoles 23 de mayo de 2012

Tributos

Régimen General DReI y ETuR

Alcances

Se ajustan al Régimen General que facilita y agiliza la determinación y pago del DReI y ETuR, los contribuyentes para los cuales se verifiquen algunas de las siguientes premisas:

  • Se trate de sociedades regularmente constituidas.
  • Se trate de sujetos comprendidos en las disposiciones de Convenio Multilateral.
  • Realicen importación de bienes y/o servicios.
  • Tengan más de 1 local habilitado en el municipio.
  • Posean más de 3 empleados en relación de dependencia.
  • Los ingresos brutos totales devengados en el municipio, en los últimos 12 meses calendarios anteriores, superen los $216.000.
  • La superficie total del local supere los 200 m2.
  • El precio máximo unitario de venta de cosas muebles, supere los $1.300.
  • Se encuentren alcanzados por las previsiones de los artículos 9º (Cuotas mensuales fijas especiales) y 11º (Cuotas fijas) de la Ordenanza General Impositiva.

La Municipalidad de Rosario junto con AFIP desarrollaron un aplicativo a través de Plataforma OSIRIS para que los contribuyentes carguen los datos en el mismo y presenten la Declaraciones Juradas a través del sitio web de AFIP.

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Beneficios para los contribuyentes

  • Liquidación del DReI y la Contribución ETuR, adicionales y accesorios vía aplicativo SIaP sobre Plataforma AFIP.
  • Presentación por internet de las DDJJ, con CUIT y Clave Fiscal otorgada por AFIP.

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Vigencia

A partir del período fiscal Diciembre 2009, cuya presentación y pago opera el 11 de enero 2010 para contribuyentes directos de Ingresos Brutos y el 15 de enero de 2010 para contribuyentes de Convenio Multilateral.

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