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Ordenanza 8258/2008

ORDENANZA
Nº 8.258


Concejo Municipal:
Vuestra Comisión de Gobierno y Cultura ha tomado en consideración el proyecto de Ordenanza del concejal Pedrana y otros, mediante el cual crea en el hábito pertinente de
la Municipalidad de Rosario, el Programa Municipal de Responsabilidad Social Ciudadana.
Los autores del proyecto han expresado los siguientes fundamentos: "VISTO, la complejidad de la realidad social local y regional; la diversidad de intereses, demandas y relaciones que se establecen entre los ciudadanos, las Instituciones de la Sociedad civil y el Estado,
CONSIDERANDO, que en el actual entramado social, es necesario establecer un Pacto de prácticas sociales solidarias de responsabilidades compartidas, a fin de promover una mayor cohesión entre lo público y lo privado para poder intervenir eficazmente en las diferentes problemáticas que atraviesan la vida cotidiana de la ciudadanía. Que existen múltiples caminos para la comprensión, el abordaje y la definición de estrategias entre el Estado y la Sociedad civil que conduzcan al encuentro de lugares comunes y complementarios que posibiliten líneas de pensamiento, critica, reflexión y acción conjunta en pos del interés general y del bien común. Que es cada vez más notoria la emergencia de una Sociedad Civil organizada, participativa y consciente de que el tratamiento y las soluciones de sus problemáticas ya no provienen sola y exclusivamente del hábito estatal, sino que dependen además, de un fuerte compromiso de ciudadanos articula- dos. Que desde el Estado, con un rol fundamental y rector en estas cuestiones, con una responsabilidad ineludible de gestión desde lo ético y lo político, es necesario promover canales de diálogo y consenso que involucren activamente a los sectores sociales que interactúan en el conjunto de la ciudadanía. Que el ejercicio de la responsabilidad social de una organización la compromete a discernir las consecuencias de sus acciones sobre los distintos grupos de interés, internos o externos, basándose en ciertos estándares normativos a los cuales deben adecuarse sus decisiones. Que a través de la Responsabilidad Social Empresaria, y de acuerdo con la definición dada por el Instituto Ethos de Brasil y el Instituto Argentino de Responsabilidad Social Empresaria de Argentina, se trata de promover "una gestión definida por la relación ética y transparente donde las metas de la empresa Sean compatibles con el desarrollo sustentable de la sociedad, algo que abarca desde la promoción cultural hasta la preservación de los recursos naturales y que exige, por lo tanto, un firme compromiso social que permita una concientización y acción coherente sobre sus alcances. De esta manera, la empresa socialmente responsable es aquella que tiene la capacidad de oír los intereses de las diferentes partes (accionistas, empleados, prestadores de servicio, proveedores, consumidores, comunidad, gobierno y medio ambiente) y conseguir incorporarlos al planeamiento de sus actividades, buscando cumplir con las demandas de todos, no solo de los accionistas o propietarios". Que el Voluntariado es una forma de participación ciudadana, organizada, desinteresada y responsable. Se vincula con la solidaridad y la vocación de servicio, y esto lo ubica como una de las prácticas sociales más importantes. En los últimos años las actividades voluntarias han extendido su participación en el ámbito público, convirtiéndose en un actor importante a la hora de implementar y consolidar políticas públicas en toda la región. La promoción y fortalecimiento del Voluntariado requiere de políticas en las que el Estado y la Sociedad Civil puedan articular acciones, que permitan a ambos sectores brindar mejores respuestas a la población. Que el denominado "Tercer Sector" esta constituido por una variedad de instituciones sin fines de lucro: algunas tienen las formas jurídicas que establece nuestra legislación civil (fundaciones, asociaciones civiles, mutuales, simples asociaciones) y muchas otras son simplemente asociaciones de hecho. En general se las llama ONGs, Organizaciones de la Sociedad Civil, Instituciones de Bien Publico, etc. A raíz de diversos estudios, se pudo determinar que existen en la Argentina unas 100.000 entidades sin fines de lucro, en las que trabajan alrededor de 2 millones de personas en forma voluntaria o gratuita y 400.000 en forma rentada (cfr. editoriales de La Nación del 19- XII-00, 4-IV-0 1 y 15-IV-0 1). Estas organizaciones constituyen un importante "entramado social" que brinda soluciones a necesidades humanas básicas: alimentación, vivienda, educación, religión, fortalecimiento de la democracia, etc. La mayoría ha demostrado, entre otras capacidades, que pueden promover verdaderos cambios sociales, incluso haciéndose cargo de programas alimentarios, educativos, de salud, etc., ayudando a canalizar y hacer mas transparente y eficiente el gasto público social. Que en muchos países del mundo, van surgiendo normas que promueven el desarrollo de estas entidades y, asimismo, existen diversos sistemas fiscales que incentivan las donaciones a las mismas, para que puedan llevar adelante sus funciones. Estas normas surgen del convencimiento de que esas organizaciones deben ser apoyadas por el Estado, pues cumplen una función insustituible en el desarrollo de los pueblos, muchas veces cubriendo áreas que tradicionalmente se consideraba como de responsabilidad del Estado".
La Comisión ha creído conveniente producir despacho favorable y en consecuencia propone para su aprobación el siguiente proyecto de Ordenanza:

Artículo 1: Crease en el ámbito pertinente de la Municipalidad de Rosario, el Programa
Municipal de Responsabilidad Social Ciudadana.
Artículo 2: -a) El Objetivo General del Programa será:
Crear una nuevo espacio institucional que genere y desarrolle acciones solidarias a través de un PACTO de COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD SOCIAL CIUDADANA que involucre a los diferentes actores de la Sociedad local.
b) Serán sus Objetivos Específicos:
* Conformar "alianzas" estratégicamente organizadas entre actores protagonistas del desarrollo local: Estado -a través de políticas públicas en sus diferentes niveles; Empresariado: apelando a la responsabilidad social empresaria; Voluntariado: Organizaciones de la Sociedad civil que colaboran en el abordaje de diferentes problemáticas; Tercer Sector: Organizaciones no gubernamentales -según diversas especificidades -que intervienen directamente en la atención a la demanda social.
* Crear vínculos de cooperación, solidaridad, participación e intercambio entre los diferentes actores participantes de la nueva y compleja realidad social, redefiniendo las acciones, los recursos-humanos y materiales-, para su mayor y mejor abordaje de las problemáticas que preocupan a la sociedad toda. Creando de esta manera el "Voluntariado Social", para el cuidado y respeto por el espacio público y de los bienes de valor arquitectónico, histórico y cultural de la ciudad de Rosario. (Modificado por el Art. 1º de la Ordenanza Nº 8398/09)
* Mediar, consensuar y actuar en la prevención y resolución de conflictos sociales, fortaleciendo el entramado del tejido social para elaborar y desarrollar políticas pertinentes y acordes a las necesidades concretas y emergentes en el conjunto de la ciudadanía.
Artículo 3: Serán sus funciones:

* La creación de un registro de Instituciones de la Sociedad Civil, del Voluntariado, las Organizaciones no gubernamentales, las Asociaciones Civiles, las Fundaciones y los particulares que intervienen colaborando sin fines de lucro en la resolución de situaciones sociales problemáticas.                                      La inscripción en el Registro habilitará a las entidades para suscribir convenios de colaboración con la administración municipal para el desarrollo de programas de voluntariado. Este registro permitirá consolidar un Banco de Oportunidades (donde las organizaciones definen las tareas para las que requieren trabajo voluntario) y de Voluntarios (se registran con sus intereses y las áreas donde les gustaría trabajar). La Municipalidad facilitará a las organizaciones inscriptas la información y publicaciones que se elaboren en materia de voluntariado para conocimiento de la ciudadanía. Desde este espacio se podrá también convocar a colaboraciones puntuales, actividades voluntarias que surgen según requerimientos a partir de jornadas, campañas solidarias y/o eventos organizados por la Municipalidad, o por trabajos realizados en conjunto con Organizaciones de la Sociedad Civil.
* Promover el desarrollo de actividades solidarias en los jóvenes de las Escuelas Medias de la ciudad, potenciando su capacidad para influir en la transformación de su propia comunidad. Esto implica que los jóvenes puedan formular proyectos e intervenciones sociales donde se pongan de manifiesto el involucramiento y el compromiso de los jóvenes voluntarios y se orienten a promover la cultura ciudadana y el civismo.
* Estimular el incremento de responsabilidad social empresaria, ya que, además de traer beneficios para la comunidad, las acciones aportan ventajas a los grupos involucrados. Incentivar a sus trabajadores a realizar tareas voluntarias no sólo reporta beneficios a los destinatarios de dichas acciones y a la comunidad en general, sino que también genera un retorno altamente positivo para la propia empresa. El fortalecimiento de los valores éticos entre los empleados, el desarrollo de su creatividad y del trabajo en equipo, la mejora del clima laboral, la afirmación de los sentimientos
de pertenencia hacia la compañía, y un retorno significativo a nivel de la imagen -tanto interna como pública-se inscriben entre esas ganancias.
* Formar voluntarios para actuar en catástrofes o situaciones críticas, en la prevención, alivio y solución de los problemas generados por situaciones de desastres naturales o humanos, apoyando a la Junta Municipal de Defensa Civil, cuando sean convocadas. Participación colectiva de la sociedad, por intermedio de la formación y capacitación de Brigadas de Voluntarios que participen en las diferentes problemáticas que emergen de fenómenos tales como inundaciones e incendios.
* Coordinar y difundir las acciones públicas y privadas desde los Centros Municipales de Distritos, contemplando las realidades de los barrios, tanto con las Instituciones que trabajan en el territorio, como con las necesidades y/o demandas de loslas vecinos/as.
* Mediar interinstitucionalmente ante los conflictos que se suscitaren en las relaciones Estado y Sociedad Civil.
* Organizar actividades de capacitación y encuentro entre los diferentes niveles de participación y actuación en las temáticas más sentidas por la Sociedad Civil: Medio Ambiente, Paz, Alfabetización, Cultura, Derechos Humanos, Cuestiones de Género, Salud, Vivienda, etc., a través de Talleres, Seminarios, Congresos Anuales de Voluntariado, etc. Se celebrará el día 5 de diciembre en la ciudad de Rosario, el Día Internacional del Voluntariado (DIV), siendo la Municipalidad de Rosario a través de la Secretaría Promoción Social quien promueva la participación de todas las Instituciones de la Sociedad Civil, del Voluntariado, las Organizaciones no gubernamentales, las Asociaciones Civiles, las Fundaciones y los particulares que intervienen colaborando sin fines de lucro, a una muestra anual de sus trabajos en un espacio común designado por el Programa Municipal de Responsabilidad Social Ciudadana de Rosario, a favor del intercambio de información, materiales y voluntades entre las mismas y de ellas con la ciudad, con el objeto de génerar una comunión solidaria y reconocer oficialmente la labor de todas aquellas personas que contribuyen de forma voluntaria y altruista en la mejora de su entorno, fomentando el interés y la práctica que ejercen los voluntariados en su rol solidario en nuestra sociedad, para así también generar una mayor conciencia solidaria. (Modificado por el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 9276/2014).
Artículo 4: La implementación de dicho Programa estará a cargo del ámbito correspondiente a la Municipalidad de Rosario en coordinación directa con los Centros Municipales de Distrito.
Artículo 5: Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al
D.M.-
Sala de Sesiones, 24 de abril de 2008.

Firman:
Osvaldo Miatello
Vicepresidente 1º del Concejo Municipal
Raúl Fernández
Secretario General Administrativo

 

 

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