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Ordenanza 7884/2005

LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Nº 7884

Artículo 1º.- Suprímense a partir del 1º de agosto de 2005 los aportes complementarios del 2% y 3,9%, establecidos en el Art. 64 de la Ordenanza Nº 6116/95, sobre las remuneraciones sujetas a aportes que efectúan los afiliados activos y la Municipalidad de Rosario, Comunas y/o Municipalidades y entidades adheridas al Instituto Municipal de Previsión Social. (Modificado por el Art. 1º de la Ordenanza Nº 7887/05)

Artículo 2º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M. (Modificado por el Art. 1º de la Ordenanza Nº 7887/05)
Sala de Sesiones, 11 de agosto de 2005.-

Firman: Ing. AGUSTIN ROSSI, Presidente del H.C.M. – Dra. CLAUDIA ADRIANA ALONGI, Secretaria Gral. Parlamentaria del H.C.M.
 

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