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Ordenanza 8865/2011

Concejo Municipal:
La Comisión de Obras Públicas, ha tomado en consideración el proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal Jorge Boasso, quien encomienda.
Visto: La necesidad de regular sobre el estacionamiento de vehículos en la vía pública.
Considerando: Que se ha convertido en un verdadero problema la escasez de cocheras, permanentes y transitorias, en la ciudad y principalmente en el área céntrica.
Que por cuestiones urbanísticas se hace necesario buscar nuevas alternativas para albergar el creciente parque automotor de la ciudad.
Que dichas alternativas no deben implementarse en desmedro de la seguridad vial.
Que la regulación sobre la ocupación del espacio público, en este caso el estacionamiento sobre las calzadas, debe estar a la altura del crecimiento de la ciudad, acompañando a las necesidades y requerimientos de todos los habitantes.
Que en lugares, días y horarios determinados, y sin afectar el actual sistema de estacionamiento medido, podría permitirse el estacionamiento en ambas manos de la calle.
Que existe ya como antecedente en la Ciudad de Buenos Aires la ley 3530 del año 2010 que establece que en determinadas calles con más de 8 metros de ancho (cuatro carriles) y que no formen parte del recorrido del transporte público masivo se puede estacionar a la izquierda.
Que ante el aumento del parque automotor porteño y la falta de lugares para dejar el auto, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires está autorizando el estacionamiento en la mano izquierda en cada vez más calles. Sobre todo en los barrios como Palermo, Núñez, Liniers, Devoto o Boedo. Desde julio del año pasado, ya suman 1.126 cuadras habilitadas y habrá más. La medida está en sintonía con una ley aprobada por la Legislatura porteña, que permite estacionar a la izquierda en determinadas calles.
Por lo expuesto y atento a lo expresado, por estas Comisiones solicitan la aprobación del siguiente proyecto de ORDENANZA:

Artículo 1:Queda permitido en el sector comprendido entre Av. Francia ,27 de Febrero y el río, el estacionamiento de vehículos ,paralelo al cordón ,sobre la derecha y la izquierda de la calzada, para calles de ancho mayor de 8 metros, por las cuales no circulen más de dos líneas de Transporte Urbano, con excepción de aquellos sectores donde aún no existiendo estas condiciones, el Departamento Ejecutivo considere aplicable el estacionamiento a ambas márgenes sin entorpecer el tránsito vehicular, en los días y horarios establecidos en la presente. (Modificado por el Art. 1º de la Ordenanza Nº 9328/2014)
Artículo 2: DIAS Y HORARIOS: La permisión establecida en el Artículo lo regirá:

  • Durante los días lunes a viernes hasta las 6 hs. y a partir de las 21 hs.
  • Los días sábados y medio feriado hasta las 8 hs. y a partir de las 14 hs.
  • Los días domingos y feriados durante toda la jornada. (Modificado por el Art. 2º de la Ordenanza Nº 9328/2014)
    Artículo 3: El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá dentro de los 180 días de aprobada la presente señalizar las calles con señalética específica, donde expresamente se autorice a estacionar sobre la izquierda de la calzada.
    Artículo 4: El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá dentro de los 120 días de aprobada la presente publicar en el Boletín Oficial la nómina de calles donde se podrá aplicar este permiso y, por vía reglamentaria, y sólo por motivos relativos a la seguridad vial, establecerá las excepciones a la presente.
    Artículo 5: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá dentro de los (90) noventa días aprobada la presente enviar un informe con los resultados obtenidos al Concejo Municipal De Rosario a Los efectos de ampliar el estacionamiento de ambos lados en todo el ejido de la ciudad.
    Artículo 6: Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M..
    Sala de Sesiones, 1 de Diciembre de 2011.
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