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Decreto 2807/2004

DECRETO NRO.2807

 
 
              Rosario, “CUNA DE LA BANDERA” , 21 de Octubre del 2004.- 
 
             VISTO: Las actuaciones nº 21.859-C-2004 por las que se tramita la Subasta

Pública de Rezagos y Motovehículos depositados en el Corralón Municipal, en un todo 

de acuerdo a lo previsto en el artículo 86º de la Ordenanza de Contabilidad; 

            Siendo necesario proveer sobre el particular, en uso de sus atribuciones,-
 
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
     Artículo lº.- DISPONESE la realización de una Subasta Pública de Rezagos, Vehículos y Motovehículos (por aplicación de la Ley Provincia de Santa Fe nº 11.856) depositados en el Corralón Municipal, mencionados y detallados en las actuaciones nº 21.859-C-2004.
 
Artículo 2º.- La Subasta Pública ordenada precedentemente, se llevará a cabo según se indica seguidamente:
•        Rezagos: 03/12/2004 a partir de las 16:00 horas, en el local anexo del Banco Municipal de Rosario, Santa Fe 1041.
•        Vehículos y Motovehículos: 04/12/2004 a partir de las 9:00   
   horas, en el Salón Auditorio del Banco Municipal de Rosario, San Martín 730,3º piso.
 
     Artículo 3º.- La Subasta Pública, así como las distintas tareas conexas a la misma, se cumplimentarán por conducto del equipo de Martilleros que al efecto designó el Colegio de Martilleros de Rosario - Ley 7547, fijándose a favor de éstos, como única retribución, la pertinente comisión de ley sobre el valor de los bienes rematados, de acuerdo a las condiciones acordadas con el Colegio de Martilleros. El comprador entregará en el acto de remate el 20% en concepto de “Seña” y el 10% en concepto de “Comisión” a los Martilleros.
     Los pagos se verificarán en efectivo, cheques del Banco Municipal de Rosario, o cheques a satisfacción de la mencionada entidad bancaria. Al depositar “Seña” y “Comisión”, el comprador acepta de plena conformidad las condiciones del remate, fijando en este caso domicilio legal y especial a los efectos del presente.
     El saldo del precio se deberá abonar dentro de los diez (10) días hábiles posteriores del Decreto de aprobación de la subasta.
     La Municipalidad de Rosario emitirá certificado correspondiente a los efectos de la inscripción registra1 de los lotes que así lo requieran, exclusivamente al comprador identificado en el acto de subasta.
     Para el caso de compra en comisiones, el comprador deberá hacer la manifestación en el mismo acto, dando nombre, documento y domicilio del comitente, a los efectos de que la inscripción se realice directamente en tales condiciones.
La venta se entiende por unidad y por el vehículo en el estado en que se encuentra, que el adquirente declara conocer y aceptar de conformidad, siendo los gastos de inscripción dominial a cargo del comprador y exentos de todo cargo por tasas, patentes y/o estadía que graven el rodado subastado hasta la fecha de la subasta. Toda deuda y/o gravamen u otro gasto originado desde la fecha de la subasta pública, serán a cargo exclusivo del comprador.
     Se deja expresa constancia que los rezagos y vehículos automotores a rematar se encuentran sin base y que los motovehículos se rematarán con la base que indica en el Anexo I del presente. Respecto de estos últimos, de no haber oferentes a la base establecida, los lotes serán retirados de la subasta
 
Artículo 9º.- La "Comisión" respectiva estará sujeta a las disposiciones impositivas que rigen sobre el particular.
 
Artículo 10º.- La Municipalidad de Rosario designa como Encargado de las tramitaciones inherentes a la Subasta, al Coordinador de Ventas Oficiales Sr. Waldemar Schaufler, Categoría 20, Legajo nº 100.454, dependiente de la Contaduría General.
 
Artículo 11º.- Insértese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése a la Dirección General de Gobierno.
 
FDO: Ing. Roberto Miguel Lifschitz (Intendente Municipal), Dr. Juan Carlos Zabalza (Secretario de Gobierno), C.P.N Carlos H. Fernandez (Secretario de Hacienda y Economía)
 

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