Herramientas Personales

Decreto Nº 37971/2012

 

DECRETO
Nº 37.971

Artículo 1º.- Establécese el esquema tarifario de aplicación al Servicio Público de Remises, que quedará conformado de la siguiente manera y comenzará a regir a partir de su promulgación:

 

 

BAJADA DE BANDERA

FICHA

MINUTO DE ESPERA

TARIFA UNICA

$11,45

$0,45

0,68

TARIFA MÍNIMA

(Bajada de Bandera + 20 Fichas en 2 Kmts Recorridos)

$20,45

 

 

(Modificado por el Art. 1º del Decreto Nº 38090/12)

Artículo 2º.- Establécese el esquema tarifario de aplicación al Servicio Público de Remises, que quedará conformado de la siguiente manera y comenzará a regir a partir de 1º de Noviembre del corriente año:

 

 

BAJADA DE BANDERA

FICHA

MINUTO DE ESPERA

TARIFA UNICA

$12,94

$0,51

0,76

TARIFA MÍNIMA

(Bajada de Bandera + 20 Fichas en 2 kmts. Recorridos)

$23,14

 

 

(Modificado por el Art. 2º del Decreto Nº 38090/12)

Artículo 3.- Habiendo transcurrido un período mínimo de 6 meses a partir de la última actualización tarifaria y cuando el estudio de costos del Sistema de Remises revele una diferencia mayor del 15% en relación a la tarifa vigente, la Comisión de Servicios Públicos Concedidos deberá evaluar y expedirse sobre la necesidad de modificación de la tarifa en curso. Dicho plazo empezará a considerarse desde el aumento de tarifa que comenzará a regir a partir del 1º de noviembre de 2012.

Artículo 4.- Comuníquese a la Intendencia, publíquese y agréguese al D.M.
Sala de Sesiones, 30 de agosto de 2012.

Firman:
Cjal. Miguel Zamarini
Presidente del Concejo Municipal
Dr. Marcelo Marchionatti
Secretario General Parlamentario
 

Acciones de Documento